Insostenibilidad de la pretensión (JG).
Cuando el abogado de oficio designado para un proceso considere insostenible la pretensión que pretende hacerse valer, deberá comunicarlo a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General De Justicia Y Victimas Del Terrorismo (DIR3: A06004049)
- Clasificación
- Revisión de Actos administrativos y Recursos
- Materia(s)
- Justicia
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Ser el profesional de la Abogacía designado en un procedimiento para el cual se ha solicitado o tiene ya reconocido el interesado el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
15 días siguientes a su designación.
- Fecha inicio plazo presentación
- 31/01/2019
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Norma atributiva
Decreto 86/2008, de 11 de septiembre, de Asistencia Jurídica Gratuita
- Informes o dictámenes
-
- Informe del Colegio de la Abogacía de Cantabria. (plazo de elaboración: 15 días.).
- En el caso de que el Colegio de la Abogacía considere insostenible la pretensión se solicitará informe al Ministerio Fiscal. (plazo de elaboración: 7 días.).
- Órgano que resuelve
- La Comisión de Asistencia Jurídica de Cantabria.
- Norma atributiva
Decreto 86/2008, de 11 de septiembre, de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Plazo máximo de resolución
- 30 Días hábiles
- Plazo medio de resolución
- 20 Días hábiles
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Jurisdiccional.
- Órgano
Se presenta ante la Secretaría de la Comisión de Asistencia Jurídica de Cantabria y resuelve el órgano judicial que tiene atribuido el conocimiento del procedimiento judicial princial, o en su caso el Juzgado Decano.
- Plazo
- 10 días hábiles.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Decreto 26/2023, de 27 de abril, de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
- Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.