Inscripción, modificación, renovación y cancelación en el Registro de Juego de empresas explotadoras del juego del bingo.

Sede Electrónica

Inscripción, modificación, renovación y cancelación en el Registro de Juego de empresas explotadoras del juego del bingo.

Inscribir, modificar, renovar y cancelar en el Registro de Juego a las empresas explotadoras del juego del bingo que reúnan los requisitos establecidos en el Reglamento del juego del bingo y en el Decreto que regula el Registro de Juego.
La inscripción podrá cancelarse a solicitud del interesado o por resolución motivada por las causas establecidas en el Decreto que regula el Registro de Juego y en el Reglamento del juego del bingo.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Seguridad Y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Turismo, ocio y tiempo libre
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Tasas

Inscripción, modificación, renovación y cancelación empresas explotadoras del juego del bingo.

Concepto: 2038, 2039, 2040. Importe: 161,27 €. Modificación y renovación: 50% de la tasa correspondiente. Medios de pago: Cuenta corriente, Tarjeta bancaria o pago en oficina.

Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Normativa.

Requisitos

Deberán ser entidades mercantiles cuyo objeto social sea la explotación de salas de bingo, con capital social no inferior a 60.121 euros.
Cancelación: No tener responsabilidades económicas con la administración autonómica por el desarrollo de su actividad.
Renovación: Deberán cumplir los requistos necesarios para obtener la autorización y los establecidos en el Decreto que regula el Registro de Juego.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Continuo: Todo el año.

Sujeto a plazos: Renovación: Dos meses de antelación a la fecha de extinción de la autorización que se pretende renovar.

Fecha inicio plazo presentación
27/02/2007
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Juego y Espectáculos.
Norma atributiva

Decreto106/2019, de 23 de julio por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Informes o dictámenes
  • Informe del Servicio de Juego y Espectáculos. (plazo de elaboración: Sin plazo.).
  • Órgano que resuelve
    Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
    Norma atributiva

    Decreto 122/1999, de 11de noviembre, que aprueba el Reglamento del juego del bingo.

    Plazo máximo de resolución
    6 Meses
    Plazo medio de resolución
    1 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa

    Recursos

    Tipo

    Recurso de Reposición o Contencioso Administrativo.

    Órgano

    Recurso potestativo de reposición: Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
    Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia.

    Plazo
    1 mes para Recurso de Reposición. 2 meses para Contencioso Administrativo.

    Normativa

    Normativa aplicada
  • Decreto 122/1999 de 11 de noviembre, que aprueba el Reglamento del Juego del Bingo.
  • Decreto 44/1997, de 29 de mayo, que regula el Registro de Juego de Cantabria.
  • Ley 4/2022, de 24 de junio de Regulación del Juego de Cantabria.
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