Inscribir, modificar, renovar y cancelar en el Registro de Juego a las empresas explotadoras del juego del bingo que reúnan los requisitos establecidos en el Reglamento del juego del bingo y en el Decreto que regula el Registro de Juego.
La inscripción podrá cancelarse a solicitud del interesado o por resolución motivada por las causas establecidas en el Decreto que regula el Registro de Juego y en el Reglamento del juego del bingo.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General De Seguridad Y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
- Tasas
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
- Normativa.
Inscripción, modificación, renovación y cancelación empresas explotadoras del juego del bingo. Concepto: 2038, 2039, 2040. Importe: 161,27 €. Modificación y renovación: 50% de la tasa correspondiente. Medios de pago: Cuenta corriente, Tarjeta bancaria o pago en oficina. |
Requisitos
Deberán ser entidades mercantiles cuyo objeto social sea la explotación de salas de bingo, con capital social no inferior a 60.121 euros.
Cancelación: No tener responsabilidades económicas con la administración autonómica por el desarrollo de su actividad.
Renovación: Deberán cumplir los requistos necesarios para obtener la autorización y los establecidos en el Decreto que regula el Registro de Juego.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Continuo: Todo el año.
Sujeto a plazos: Renovación: Dos meses de antelación a la fecha de extinción de la autorización que se pretende renovar.
- Fecha inicio plazo presentación
- 27/02/2007
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juego y Espectáculos.
- Norma atributiva
Decreto106/2019, de 23 de julio por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Informes o dictámenes
-
- Informe del Servicio de Juego y Espectáculos. (plazo de elaboración: Sin plazo.).
- Órgano que resuelve
- Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
- Norma atributiva
Decreto 122/1999, de 11de noviembre, que aprueba el Reglamento del juego del bingo.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso de Reposición o Contencioso Administrativo.
- Órgano
Recurso potestativo de reposición: Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia.- Plazo
- 1 mes para Recurso de Reposición. 2 meses para Contencioso Administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Decreto 122/1999 de 11 de noviembre, que aprueba el Reglamento del Juego del Bingo.
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- Decreto 44/1997, de 29 de mayo, que regula el Registro de Juego de Cantabria.
-
- Ley 4/2022, de 24 de junio de Regulación del Juego de Cantabria.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.