Inscripción en el Registro Oficial de establecimientos y servicios de biocidas.

Sede Electrónica

Inscripción en el Registro Oficial de establecimientos y servicios de biocidas.

Obtener la inscripción en el Registro Oficial de establecimientos y servicios de biocidas de Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Salud
Empresas
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Están sometidos a la obligación de inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Cantabria con carácter previo al inicio de su actividad: a) Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de los establecimientos de biocidas, ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que realicen una o varias de las siguientes actividades: 1º. Fabricación de biocidas. 2º. Envasado de biocidas. 3º. Almacenamiento de biocidas. 4º. Comercialización de biocidas b) Las personas físicas o jurídicas que realicen servicios de aplicación con biocidas incluidos en el anexo de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, cuya sede social, delegación o instalación esté ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuando dichos servicios se presten en cualquiera de los siguientes supuestos: 1º. Con carácter corporativo: tratamientos que se realizan por personal propio perteneciente a entidades cuyos espacios, locales, instalaciones o transportes sean de uso público. 2º. Servicios a terceros. 3º. En instalaciones fijas de tratamiento: los establecimientos con cámaras de fumigación,balsas de inmersión y otras instalaciones fijas destinadas a la realización de tratamientos con biocidas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Con carácter previo al inicio de la actividad.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Los recogidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación requerida

ANEXO I SOLICITUD INSCRIPCION EN EL ROESB CANTABRIA

No obligatorio

ANEXO I SOLICITUD INSCRIPCION EN EL ROESB CANTABRIA

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Salud Pública.
Norma atributiva

La Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre que establece las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas.

Orden SAN/10/2011, de 20 de abril, por la que se crea el Registro oficial de establecimientos y servicios de biocidas de Cantabria y se regulan los requisitos y procedimientos de inscripción.

Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Órgano que resuelve
Director General de Salud Pública.
Norma atributiva

Orden SAN/10/2011, de 20 de abril, por la que se crea el Registro oficial de establecimientos y servicios de biocidas de Cantabria y se regulan los requisitos y procedimientos de inscripción.

Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno

de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de Alzada.

Órgano

Consejero/a de Sanidad.

Plazo
1 mes si la resolución es expresa; si es presunta, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Orden SAN/10/2011, de 20 de abril, por la que se crea el Registro oficial de establecimientos y servicios de biocidas de Cantabria y se regulan los requisitos y procedimientos de inscripción.
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