Inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, de establecimientos y empresas alimentarias ubicadas en Cantabria, que no precisan autorización de funcionamiento.
Comunicar, inscribir y mantener actualizados los datos de las empresas y establecimientos alimentarios, en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Salud
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Ser operador económico de empresa sujeta a inscripción en el RGSEAA (artículo 2 del R.D. 191/2001, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas alimentarias y alimentos) cuyo establecimiento no precise autorización previa de funcionamiento.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Inscripción inicial: con carácter previo o simultáneo al inicio de la actividad. Comunicación de ampliación de actividad, cambio de titular u otra variación de datos: cuando se produzca el hecho objeto de comunicación.Baja de inscripción en el RGSEAA: cuando se produzca el hecho.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno , de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
1. Para comunicar e inscribir en el RGSEAA empresas y establecimientos:Impreso cumplimentado en duplicado, o la siguiente información:- Responsable de la actividad: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF; domicilio del establecimiento y domicilio social. En el supuesto de razón social; identificación de su representante: nombre, apellidos, NIF o NIE y cargo de representación.- Descripción de las actividad/es alimentaria/s (ver clave, fase, categoría y productos, en el anejo 1 de la guía: http://www.aesan.msps.es/AESAN/docs/docs/listado claves.pdf- Nombre comercial de la empresa, en su caso.- Teléfono, fax y correo electrónico, en su caso.2. Para comunicar la variación de datos al RGSEAA que no precisen autorización:Impreso cumplimentado en duplicado, o la siguiente información:- Titular de la actividad: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF,; domicilio del establecimiento y domicilio social. En el supuesto de razón social, identificación de su representante: nombre y apellidos, NIF o NIE y cargo de representación.- Para comunicar la ampliación de actividad(es): descripción de la(s) misma(s).- Para comunicar el cambio de titular; identificación del anterior y del nuevo titular.- Para otra variación de datos: describir la modificación producida.3. Para comunicar el cese y dar de baja la inscripción del establecimiento en el RGSEAA:Impreso cumplimentado en duplicado, o la siguiente información:- Titular de la actividad: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF; domicilio del establecimiento y domicilio social. - Nº RGSEAA que se comunica para dar de baja.- Declaración de cese definitivo de actividad alimentaria en el establecimiento y/o empresa, y fecha de cese.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Salud Pública. Servicio de Seguridad Alimentaria.
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales. Decreto 60/2007, de 24 de mayo, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y de la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud y la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno , de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Salud Pública
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, Decreto 60/2007, de 24 de mayo, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad y la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Sanidad
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa. Si la resolución no fuera expresa, se podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente al que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Reglamento (CE) Nº 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios (D.O.U.E. 25/06/2004) y modificaciones posteriores. -
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- Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (B.O.E. Nº 160, DE 6/07/2011).
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- Orden SAN/11/2012, de 15 de marzo, por la que se establece el procedimiento para el registro de las empresas y establecimientos alimentarios en Cantabria (B.O.C. nº 61 del 27/03/2012).
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- Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (BOE de 8/03/ 2011).
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.