Inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la C.A. de Cantabria.

Sede Electrónica

Inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la C.A. de Cantabria.

Inscribir en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria a las entidades definidas en el artículo 29.2 de la Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abrilk, que cumplan los requisitos definidos en dicho precepto legal.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direc. General De Juventud, Cooperacion Al Desarrollo Y Voluntariado (DIR3: A06045080)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Servicios Sociales e Igualdad
Turismo, ocio y tiempo libre
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Ser una entidad de las definidas en el artículo 29.2 de la Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, y cumplir todos los requisitos definidos en dicho artículo.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
07/11/2008
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, c/ Vargas 53-7ª planta, 39010 de Santander o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Juventud y Cooperación al Desarrollo.
Norma atributiva

Decreto 85/2008, de 4 de septiembre.

Órgano que resuelve
Director/a General de Juventud y Cooperación al Desarrollo.
Norma atributiva

Decreto 85/2008, de 4 de septiembre.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de alzada

Órgano

Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte.

Plazo
1 mes

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Decreto 85/2008, de 4 de septiembre, por el que se regula el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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