Inscripción en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA) de Cantabria.

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Inscripción en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA) de Cantabria.

El registro de empresas con riesgo por amianto tiene por objeto la inscripción, registro, archivo, modificación y tratamiento de los datos registrados de las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones incluidas en el artículo 3.1 del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, cuyas instalaciones principales radiquen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. El Registro de empresas con riesgo por amianto de la Comunidad Autónoma de Cantabria es único, tiene carácter administrativo y público y está adscrito a la Dirección General competente en materia de Trabajo.
Todas las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones en las que sus trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan tienen la obligación de inscribirse en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA).

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Icasst (DIR3: A06027806)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Empresas
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Para cualquier duda o consulta, puede contactar a través de: - icasst.consultas@cantabria.es - teléfono: 942 398123

Requisitos

Requisitos

1. Están obligadas a inscribirse las empresas cuyas instalaciones principales radiquen en Cantabria y que vayan a realizar actividades u operaciones en las que sus trabajadores estén o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto, incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, especialmente:

  • Trabajos de demolición de construcciones donde exista amianto o materiales que lo contengan.
  • Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
  • Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
  • Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
  • Trabajos de mantenimiento y reparación que implique riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto.
  • Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
  • Vertederos autorizados para residuos de amianto.
  • Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo.

2. Comunicar toda variación de los datos declarados en el plazo de quince días desde aquel en que tales cambios se produzcan.
3. Notificar el cese de la actividad con riesgo por amianto para su baja en el Registro.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Estre trámite no está sujeto a plazos.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Solicitud inscripción RERA.

Modelo oficial de ficha de inscripción o de modificación de datos del Regitro de Empresas con Riesgo de amianto (RERA) - Anexo III Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.

Firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad solicitante.

Obligatorio

Ficha de inscripción RERA (Anexo III RD 396/2006)

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Promoción y Planificación Preventiva. Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Norma atributiva

- Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones minimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto (BOE 11-04-2016).

- Orden EMP/62/2009, de 20 de julio, de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

- Orden EMP/1/2011, de 11 de enero, que la modifica (BOC 19/01/2011).

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Dirección General de Trabajo de Cantabria.
Norma atributiva

- Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones minimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposicion al amianto (BOE 11-04-2016).

- Orden EMP/62/2009, de 20 de julio, de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del R. D. 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
1 Meses
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Alzada.

Órgano

Consejería competente en materia de Trabajo.

Plazo
Un mes contado a partir del día siguiente a su notificación.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden EMP/62/2009, de 20 de julio, de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo. Orden EMP/1/2011, de 11 de enero que modifica la anterior.
  • Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo por el cual se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (BOE nº 86, de 11 de abril).

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