Inscripción en el Registro de Asociaciones de la incorporación o separación de asociaciones a federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Un mes desde que se adopta el acuerdo.
- Fecha inicio plazo presentación
- 18/02/2021
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Solicitud. Modelo de solicitud. PDF firmado electrónicamente.
Obligatorio
SOLICITUD INCORPORACION O SEPARACION A FEDERACIONES (proc 5221) (2) |
Guia de presentación. Instrucciones para presentación en Registro electrónico general.
No obligatorio
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MODELO CERTIFICADO DE LA ASOCIAICÓN QUE SE INCORPORA O SEPARA. Certificado del acuerdo de la asociación de incorporación o deparación de la federación. PDF firmado electrónicamente por el Secretario/a y Presidente/ de la asociación.
Obligatorio
Certificado_incorporacion_ de la Federacion_Confederacion_o_Union |
MODELO CERTIFICADO DE LA FEDERACIÓN. MODELO CERTIFICADO DEL ACUERDO DE LA FEDERACIÓN. Pdf firmado electrónicamente por Presidenta/e y Secretario/a.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de asociaciones de Cantabria.
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Secretaría General de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
- Norma atributiva
Decreto 73/1997, de 7 de julio, que regula el Registro de Asociaciones de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de Alzada.
- Órgano
Consejera/o de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
- Plazo
- 1 mes, desde el día siguiente a la notificación de la Resolución.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación.
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- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, que regula el reglamento del Registro Nacional de asociaciones.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.