Inscripción en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Cantabria.
Inscripción en el Registro oficial de las entidades sin animo de lucro, y cooperativas, que tengan por objeto principal la información, educación, defensa y protección de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Comercio y Consumo (DIR3: A06029673)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Consumo
- Empresas
- Energía e industria
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 27 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- No hay plazo específico.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro Delegado de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, Servicio de Consumo, sito en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, calle Albert Einstein nº 4, 3ª planta, 39011, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
A) Certificado del secretario de la entidad en la que conste, nombre, domicilio y cargo de los miembros de los órganos de gobierno, número efectivo de asociados, delegaciones locales y cuantía de la cuota que estén obligados a satisfacer. B) Memoria en la que se exponga el ámbito territorial y funcional de actuación, así como los objetivos y actividades básicas a desarrollar. C) Dos copias de los estatutos de la asociación/cooperativa.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Consumo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
- Norma atributiva
Decreto 39/1994, de 12 de mayo, por el que se regulan las competencias del Servicio de Consumo de la Consejería de Sanidad Consumo y Bienestar Social (BOC nº 136, de 11 de julio de 1994). Decreto 134/2004 de 10 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda (BOC nº 244, de 21 de diciembre de 2004). Decreto 83/2015, de 31 de julio, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria (B.O.C nº Ext. 62 de 31/07/2015).
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Innovación, Industria, Tursimo y Comercio.
- Norma atributiva
Decreto 23/1991, de 19 de febrero,por el que se crea el Registro de Asociaciones y Usuarios de Cantabria (BOC nº 42 de 26 de febrero de 1991).
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Consejo de Gobierno.
- Plazo
- Un mes si el acto es expreso o en cualquier momento si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 1/2006,de 7 de marzo, de defensa de los consumidores y usuarios (BOC nº 52 de 15 de marzo de 2006). Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE nº 287, de 30/11/2007). Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, del derecho de asociación (BOE nº 73 de 26 de marzo de 2002). Decreto 23/1991, de 19 de febrero, por el que se crea el Registro de Asociaciones y Usuarios de Cantabria (BOC nº 42 de 26 de febrero de 1991).
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.