Inscripción en el Registro de actas de elecciones para la designación de representantes de los trabajadores.

Sede Electrónica

Inscripción en el Registro de actas de elecciones para la designación de representantes de los trabajadores.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direc. General De Trabajo, Economia Social Y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Empresas
Empleo y Seguridad social
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Apartado relativo a este procedimiento en el portal de la Dirección General de Trabajo.

Requisitos

Pueden promover elecciones a delegados de personal y Comités de Empresa, en empresa privada, o a Delegados o Juntas de Personal en Administraciones Públicas, las Organizaciones Sindicales que cuenten con capacidad suficiente o los trabajadores del centro por acuerdo mayoritario.
Los promotores comunicarán a la empresa y a la Oficina Pública dependiente de la A.L. su propósito de celebrar elecciones con un plazo de al menos un mes de antelación al inicio.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Tres días desde la celebración de la elección, publicación en el tablón de anuncios al día siguiente de su presentación, así como de preavisos, una vez registradas.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Preaviso elecciones.

Preaviso elecciones.

Obligatorio

Preaviso elecciones

Acta escrutinio elecciones.

Acta de escrutinio.

Obligatorio

Acta de escrutinio delegado de personal

Lista de representantes elegidos.

Lista de representantes elegidos.

Obligatorio

Lista de representantes elegidos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Relaciones Laborales.
Norma atributiva

- Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos.

- Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre. Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa.
  • Ley 9/1978, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
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