Inscripción en el Registro autonómico de prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
Inscripción en el Registro autonómico de prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Transportes y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
- Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración
- Comunicación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Personas físicas y jurídicas prestadoras del servicio de comunicación audiovisual cuyo ámbito de cobertura de emisión no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria que hayan realizado la comunicación fehaciente, previa al inicio de la actividad, así como de aquellos titulares de licencias otorgadas para la prestación de servicios de comunicación audiovisual en el ámbito autonómico realizados mediante ondas hertzianas terrestres. También deberán inscribirse los titulares de participaciones significativas en las entidades prestadoras de dichos servicios, indicando asimismo el porcentaje de capital que ostente.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, calle Cádiz 2, 39002, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
La especificada en el artículo 34 del Decreto 46/2013, de 11 de julio, sobre servicios de comunicacin audiovisual
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Telecomunicaciones
- Norma atributiva
Decreto 46/2013, de 11 de julio, sobre servicios de comunicacion audiovisual (BOC 26 de julio de 2013).
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Transportes y Comunicaciones.
- Norma atributiva
Decreto 46/2013, de 11 de julio sobre Servicios de Comunicación Audiovisual (BOC nº 142 de 26 de julio de 2013).
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Decreto 46/2013, de 11 de julio, sobre servicios de comunicacion audiovisual
-
Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.