Inscripción de un Colegio Profesional en el Registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
Inscripción de un Colegio Profesional en el Registro de Colegios profesionales de Cantabria, para su constancia y publicidad.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Colegios Profesionales cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- No.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro General del Gobierno de Cantabria, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
Presentación por duplicado de: Solicitud de inscripción. -Norma de creación del Colegio. -Estatutos firmados en todas las hojas por el Presidente y Secretario. -Certificación expedida por el Secretario con el Vº Bº del Presidente, del acta de aprobación de los Estatutos. -Certificación expedida por el Secretario con el Vº Bº del Presidente de la composición del órgano de Gobierno del Colegio.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de Colegios Profesionales
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 1/2001, de Colegios Profesionales.
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 1/2001, de Colegios Profesionales. Decreto 16/2003, por el que se regula la estructura y el funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia y Justicia.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 1/2001, de Colegios Profesionales. Decreto 16/2003, por el que se regula la estructura y el funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.