Inscripción de transformación de asociaciones.
Inscripción en el registro de Asociaciones del cambio de ámbito territorial o modificación de su régimen jurídico.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Asociaciones inscritas cuyo ámbito de actuación sea principalmente Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Un mes desde la fecha del acuerdo.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Documentación
- Certificado, por duplicado, del acuerdo de la asamblea general ene l que conste la modificación de estatutos expresivo del régimen jurídico y sometimiento a la Ley Orgánica 1/2002 y artículos modificados.
- Texto íntegro de los nuevos estatutos, por duplicado, firmado por presidente y secretario en todas las hojas y diligencia de la modificación.
- Certificado en que conste la relación actualizada de la composición de la junta directiva, con identidad, cargos, nacionalidad, domicilio y fecha de elección.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro General de Asociaciones.
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación. Real Decreto 1388/1996, de 7 de junio, sobre traspaso en materia de asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de Presidencia y Justicia.
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación. Real Decreto 1388/1996, de 7 de junio, sobre traspaso en materia de asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia y Justicia.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación. Real Decreto 1388/1996, de 7 de junio, sobre traspaso en materia de asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.