Inscripción de la modificación de estatutos, fusión, extinción y liquidación de la fundación.
Inscribir la modificación de estatutos, fusión, extinción y liquidación de la fundación.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria que desean inscribir la modificación de los estatutos, o la fusión entre fundaciones, o la extinción y liquidación de la misma.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
A) INSCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: -Solicitud de inscripción de la modificación de estatutos. -Escritura pública de la modificación de estatutos . B) INSCRIPCIÓN DE LA FUSIÓN DE FUNDACIONES: -Solicitud de inscripción de la fusión. -Escritura pública de la fusión de fundaciones . C) INSCRIPCIÓN DE LA EXTINCIÓN: -Solicitud de inscripción de la extinción. -Escritura pública de la extinción de fundaciones. D) INSCRIPCIÓN DE LIQUIDACIÓN: - Solicitud de inscripción de la liquidación. Escritura pública de la liquidación de fundanciones
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de Fundaciones
- Norma atributiva
Ley 6//2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Norma atributiva
Ley 6//2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 6//2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.
Presentación
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- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
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