Inscripción de la disolución de asociación en el Registro.
Inscripción de la disolución de la asociación, en el Registro de asociaciones, para su constancia y publicidad.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Asociaciones inscritas en el Registro cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
A)Solicitud.
B) Certificado, por duplicado del acta de la Asamblea General en la que se adopte el acuerdo de disolución y conste que se ha adoptado de acuerdo con los requisitos previstos en los estatutos y fecha de aprobación, causa de disolución y destino que, en su caso se va a dar al patrimonio sobrante de la liquidación.
C) Cese de los titulares de la Junta directiva firmado por ellos
D) Aceptación y firma de las personas encargadas de la liquidación, en su caso.
E) Balance, en caso de que exista patrimonio en el momento de la disolución.
F) Documento justificativo de la aplicación del patrimonio remanente, en su caso.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de Asociaciones
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Decreto 73/1997, de 7 de julio por el que se crea y se regula el registro de asociaciones de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia.
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Decreto 73/1997, de 7 de julio por el que se crea y se regula el registro de asociaciones de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia y Justicia.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Real Decreto 1388/1996 de 7 de junio, sobre traspaso en materia de Asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.