Sede Electrónica

Inscripción de la constitución de la fundación.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Constitución de una Fundación cuyo ámbito territorial sea la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

-Solicitud de inscripción suscrita por el representante legal de la fundación dirigida al Registro de Fundaciones dependiente de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia. -Escritura pública de constitución de la fundación -Copia Autorizada de la escritura de aceptación de los cargos de patronos (si no constara en la propia escritura de constitución). Justificación que acredite la presentación de la escritura de constitución a liquidación del impuesto sobre transmisiones y actos jurídicos documentados. Justificante que acredite el depósito de la dotación inicial en una entidad bancaria a nombre de la fundación. En su caso, primer programa de actuación junto con un estudio económico que acredite su viabilidad utilizando exclusivamente determinados recursos.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Registro de Fundaciones
Norma atributiva

Ley 6//2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.

Órgano que resuelve
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
Norma atributiva

Ley 6//2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Consejero/a de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
Plazo
1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo

Normativa

Normativa aplicada

Ley 6//2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.

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