Inscripción de delegaciones y apoderamientos otorgados por el Patronato y su revocación.
Inscribir las delegaciones y apoderamientos otorgados por el Patronato y su revocación en el Registro de Fundaciones.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria que desean inscribir las delegaciones y apoderamientos otorgados por el Patronato, u otros órganos creados por los estatutos.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Dos meses desde el otorgamiento de la escritura pública.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro General del Gobierno de Cantabria, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
-Solicitud de inscripción de la delegación, apoderamiento o la revocación de los mismos. -Escritura pública de la delegación, apoderamiento o la revocación de los mismos o la creación del órgano estatutario (Duplicado en copia autorizada y copia simple).
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de Fundaciones
- Norma atributiva
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Decreto 26/1997, de 11 de abril por el que se crea y regula el Protectorado y Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 33/1998, de 6 de abril, por el que se modifica el Decreto 26/1997, de 11 de abril. Orden de la Consejería de Presidencia de 29 de abril de 1997 sobre llevanza del Registro de Fundaciones (BOC nº 94 de 12 de mayo de 1997). Orden de 6 de abril de 1998 por la que se modifica la de 29 de abril de 1997 (BOC nº 78 de 20 de abril de 1998).
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia.
- Norma atributiva
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Decreto 26/1997, de 11 de abril por el que se crea y regula el Protectorado y Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 33/1998, de 6 de abril, por el que se modifica el Decreto 26/1997, de 11 de abril.Orden de la Consejería de Presidencia de 29 de abril de 1997 sobre llevanza del Registro de Fundaciones (BOC nº94 de 12-5-97). Orden de 6 de abril de 1998, por la que se modifica la de 29 de abril de 1997 (BOC nº 78 de
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia y Justicia.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Decreto 26/1997, de 11 de abril por el que se crea y regula el Protectorado y Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 33/1998, de 6 de abril, por el que se modifica el Decreto 26/1997. Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
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