Ingreso en centros diurnos y residenciales de personas que no tienen reconocido el grado de dependencia necesario para ser beneficiarias de los mismos a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). En esta tipología de centros están incluidos los centros residenciales y centros de día para personas mayores y personas con discapacidad, los centros ocupacionales y los centros de rehabilitación psicosocial.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion Del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Prestaciones
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
-No tener reconocido el grado de dependencia necesario para ser beneficiario de una plaza en un servicio de centro de día o de centro residencial a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
-Acreditar una situación socioeconómica, familiar y/o sanitaria por la que se requiera el ingreso urgente en un centro de día o residencial, y que impida en ingreso en el mismo de forma privada.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- 27/02/2007
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Documentación requerida
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Solicitud de recurso sociosanitario
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia
- Norma atributiva
Orden de 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios.Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado en plazas de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Pública de la Comunidad Autonoma de Cantabria. Orden EMP/48/2009, de 24 de abril, por la que se desarrolla el catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia y se regula la aportación económica de las personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Norma atributiva
Orden de 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios. Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado en plazas de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Pública de la Comunidad Autonoma de Cantabria. Orden EMP/48/2009, de 24 de abril, por la que se desarrolla el catálogo de servicios del SAAD y se regula la aportación de las personas usuarias.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso de Alzada
- Órgano
Consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Orden de 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios. Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado en plazas de Centros que se desarrolla el catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia y se regula la aportación económica de las Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Pública de la Comunidad Autonoma de Cantabria. Orden EMP/48/2009, de 24 de abril, por la personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
