Ingreso en centros sociosanitarios de personas que no puedan ser beneficiarias de los mismos a través del SAAD.
Ingreso en centros diurnos y residenciales de personas que no tienen reconocido el grado de dependencia necesario para ser beneficiarias de los mismos a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). En esta tipología de centros están incluidos los centros residenciales y centros de día para personas mayores y personas con discapacidad, los centros ocupacionales y los centros de rehabilitación psicosocial.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Prestaciones
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
-No tener reconocido el grado de dependencia necesario para ser beneficiario de una plaza en un servicio de centro de día o de centro residencial a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
-Acreditar una situación socioeconómica, familiar y/o sanitaria por la que se requiera el ingreso urgente en un centro de día o residencial, y que impida en ingreso en el mismo de forma privada.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Documentación
Informe social. Informe médico. Certificaciones de ingresos (pensión, declaración de renta), Certificación de bienes inmuebles (rústicos y urbanos). Justificantes de cualquier modalidad de ahorro (cuentas corrientes, fondos de inversión, acciones, imposiciones a plazo). Fotocopia D.N.I.y tarjeta sanitaria.
Al mismo tiempo, se le requiere a la persona solicitante que solicite simultáneamente el Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
- Impresos
- Solicitud de recurso sociosanitario
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia
- Norma atributiva
Orden de 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios.Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado en plazas de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Pública de la Comunidad Autonoma de Cantabria. Orden EMP/48/2009, de 24 de abril, por la que se desarrolla el catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia y se regula la aportación económica de las personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Norma atributiva
Orden de 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios. Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado en plazas de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Pública de la Comunidad Autonoma de Cantabria. Orden EMP/48/2009, de 24 de abril, por la que se desarrolla el catálogo de servicios del SAAD y se regula la aportación de las personas usuarias.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Orden de 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios. Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado en plazas de Centros que se desarrolla el catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia y se regula la aportación económica de las Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Pública de la Comunidad Autonoma de Cantabria. Orden EMP/48/2009, de 24 de abril, por la personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.