Informe sanitario.

Sede Electrónica

Informe sanitario.

Tipos de informes solicitados:

  1. Expedientes de AAI: Revisados e informados por JSSA.
  2. EAI: Revisados e informados por TSSA.
  3. CA: Revisados e informados por TSSA.
  4. No procede emitir informe: TESA se encarga de elaborar el correspondiente escrito según secuencia de acciones.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Medio ambiente
Relaciones entre Administraciones Públicas
Salud
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
No
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación

30-45 días.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Consejería con competencias medioambientales
Norma atributiva

Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado de Cantabria.

Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Decreto 19/2010 de 18 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre.

Órgano que resuelve
Consejería con competencias en Medio Ambiente
Norma atributiva

Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado de Cantabria.

Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Decreto 19/2010 de 18 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre.

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
  • Ley de Cantabria 17/2006 de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
  • Ley de Cantabria 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídicodel Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucionalde la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Decreto 19/2010 de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre.
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