Inclusión de documentos en el Patrimonio Documental de Cantabria.
Inclusión en el Patrimonio Documental de Cantabria de aquellos documentos que, no estando incluidos en los supuestos contemplados en los apartados 1º a 4º del artículo 5 de la Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos, así lo merezcan.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General de Cultura y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Cultura
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Informe previo de la Comisión de Patrimonio Documental de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
Documentación
No cumplimentado
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Cultura. Servicio de Archivos y Bibliotecas
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria ( BOC nº 131, de 9 de julio de 2002).
- Órgano que resuelve
- Consejo de Gobierno de Cantabria
- Norma atributiva
Ley 3/2002 de 28 de junio de Archivos de Cantabria ( BOC nº 131, de 9 de julio de 2002).
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso potestativo de Reposición o contencioso administrativo
- Órgano
- El Consejo de Gobierno resuelve el recurso potestativo de reposición.
- Plazo
- 1 mes para el recurso de reposición y 2 para el contencioso, si el acto fuese expreso
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria (BOC nº 131, de 9 de julio de 2002).
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.