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Incendios Forestales.

Quemas sujetas a la Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Medio ambiente
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Los establecidos en la Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Periciales sobre incendios forestales

Estadísticas derivadas del capítulo III del título IV de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Comunicaciones con administración de justicia en relación a incendios forestales.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
No hay.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Modelo de solicitud cumplimentado, autorización de la entidad propietaria del monte y cartografía.

Impresos
01_DR_QR_Mayor_100m_2
02_DR_QR_Menor_100m _2
03_INF_QR_Menor_100m_2
04_AUT_QR_Menor_100m_2
05_AUT_QSimplificada_2
06_AUT_QEstandar_2

Tramitación y resolución

Órgano instructor
DG de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

- Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.

- Ley 6/1984, de 29 de octubre, sobre protección y fomento de las especies forestales autóctonas.

- Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
DG de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.

Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Según normativa aplicable
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de de alzada ante el Consejero.
Órgano
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Plazo
Un mes desde que fue dictada la resolución o en cualquier momento desde que se produzcan los efectos del silencio.

Normativa

Normativa aplicada

Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.

Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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