Incendios Forestales.
Quemas sujetas a la Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Los establecidos en la Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Periciales sobre incendios forestales
Estadísticas derivadas del capítulo III del título IV de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Comunicaciones con administración de justicia en relación a incendios forestales.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- No hay.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Modelo de solicitud cumplimentado, autorización de la entidad propietaria del monte y cartografía.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- DG de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático.
- Norma atributiva
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
- Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.
- Ley 6/1984, de 29 de octubre, sobre protección y fomento de las especies forestales autóctonas.
- Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- DG de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático.
- Norma atributiva
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.
Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de de alzada ante el Consejero.
- Órgano
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
- Plazo
- Un mes desde que fue dictada la resolución o en cualquier momento desde que se produzcan los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario.
-
Orden MED/3/2021, de 09 marzo, por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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