Impugnación de resoluciones de peritaciones extrajudiciales del Instituto de Medicina Legal de Cantabria.

Sede Electrónica

Impugnación de resoluciones de peritaciones extrajudiciales del Instituto de Medicina Legal de Cantabria.

Impugnación de resoluciones de peritaciones extrajudiciales del Instituto de Medicina Legal de Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Justicia Y Victimas Del Terrorismo (DIR3: A06004049)
Clasificación
Revisión de Actos administrativos y Recursos
Materia(s)
Justicia
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Plazo y forma.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Plazo de un mes desde la notificación de la resolución de inadmisión o desistimiento del Instituto de Medicina Legal de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
14/10/2019
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Dirección General de Justicia.
Lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Instituto de Medicina Legal de Cantabria.
Norma atributiva

- Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

- Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

- Decreto 34/2016, de 16 de junio, por el que se desarrolla el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se crea el precio público autonómico como contraprestación de las pericias a realizar por el Instituto de Medicina Legal de Cantabria.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo.
Norma atributiva

Decreto 34/2016, de 16 de junio, por el que se desarrolla el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se crea el precio público autonómico como contraprestación de las pericias a realizar por el IML.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso contencioso-administrativo ante los juzgados y tribunales de lo contencioso-administrativo de Cantabria.

Órgano

Juzgados y tribunales de lo contencioso-administrativo de Cantabria.

Plazo
2 meses desde la notificación de la resolución. 6 meses desde que la impugnación deba entenderse desestimada por silencio administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
  • Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.
  • Decreto 34/2016, de 16 de junio, por el que se desarrolla el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se crea el precio público autonómico como contraprestación de las pericias a realizar por el Instituto de Medicina Legal de Cantabria.
  • Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
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