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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (pago en metálico del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que grava los recibos negociados por entidades de crédito).

Autoliquidación y pago en metálico de los Actos Jurídicos Documentados, que grava los recibos negociados por entidades de crédito

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Economia, Hacienda y Fondos Europeos
Órgano directivo
Direccion de la Acat (DIR3: A06004075)
Clasificación
Tributario
Materia(s)
Impuestos y otros tributos
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Presentación y pago del modelo 610. Comprobación de la documentación, práctica de requerimiento de documentación, en su caso, remisión al Servicio de Valoración-Inspección, en su caso, calificación jurídica y práctica de liquidaciones complementarias, en su caso. Notificación.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
A partir del día 20 del mes siguiente a la recaudación, dentro de los 7 días hábiles.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro delegado de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria

Documentación

Impreso de solicitud en modelo 610 para la presentación y el pago.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Tributos
Norma atributiva

Real Decreto 1.668/1986 de 6 de Junio, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Cantabria los servicios del Estado correspondientes a las transferencias asumidas por aquellas en relación con los tributos cedidos.

Órgano que resuelve
Servicio de Tributos
Norma atributiva

Real Decreto 1.668/1986 de 6 de Junio, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Cantabria los servicios del Estado correspondientes a las transferencias asumidas por aquellas en relación con los tributos cedidos.

Plazo de resolución
Según normativa aplicable
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso Potestativo de Reposición
Órgano
Servicio de Tributos.
Plazo
Un mes

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas en régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, del Ministerio de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

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