Ficha de características de planta de depuración de aguas residuales.

Sede Electrónica

Ficha de características de planta de depuración de aguas residuales.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Página web del MITERD con información sobre la producción y gestión de lodos de depuradora de aguas residuos urbanas o similares.

Requisitos

Todo titular de una estación depuradora de aguas residuales remitirá al Órgano competente de la Comunidad Autónoma donde esté ubicada, la información contenida en el Anexo I de la Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Antes del 1 de marzo.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

- Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).

- Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).
  • Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración del sector agrario (BOE nº 262 de 1 de noviembre de 1990).
  • Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario (BOE n 142, de 14 de junio de 2013).
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