Sede Electrónica

Enriquecimiento injusto

Reconocimiento de obligación para con un tercero, sin título jurídico que le dé cobertura a un pago por cauce legal, dando lugar a un enriquecimiento injusto de la Administración.

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Datos generales

Consejería
Gobierno de Cantabria
Clasificación
Gestión Económica y Patrimonial
Materia(s)
Empresas
Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Presentación de factura. Prestación de un servicio o suministro.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Factura.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
El órgano beneficiario del suministro o servicio.
Norma atributiva

Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.

Art. 21 bis)

Órgano que resuelve
Consejo de Gobierno.
Norma atributiva

Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.

Art. 21 bis)

Plazo de resolución
-
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Contencioso administrativo.
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria. Art. 21 bis.

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