Deslinde y amojonamiento de montes catalogados.
Materializar sobre el terreno el límite del monte, definiendo la porción del territorio sobre la que se defiende la posesión quieta y pacífica, a título de dueño, durante mas de 30 años.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Solicitud de la entidad propietaria, si bien puede que el procedimiento se inicie de oficio por la Administración.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- 45 días desde la publicación en el BOC.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Dirección General de Medio Natural, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 105 de la Ley de Cantabria.
Documentación
Los afectados por el deslinde deben aportar cuanta documentación acredite la pertenencia o posesión quieta y pacífica, a título de dueño, durante más de 30 años.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Jefe de la Sección Forestal correspondiente.
- Norma atributiva
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el se aprueba el Reglamento de Montes.
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Norma atributiva
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el se aprueba el Reglamento de Montes.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejo de Gobierno.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. / Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el se aprueba el Reglamento de Montes.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.