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Designación de organismos notificados, de control metrológico y autorizados de verificación metrológica

La regulación del procedimiento para la designación y control de los organismos notificados, de control metrológico y autorizados de verificación metrológica que actúan en el marco establecido en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, desarrollado por el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direc. General de Industria, Energia y Minas (DIR3: A06027837)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Empresas
Energía e industria
Tipo de destinatario
Ciudadano
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

Los establecidos en el capitulo Capítulo V del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio y en la Directriz del Consejo Superior de Metrología para la designación y control de organismos notificados, de control metrológico y autorizados de verificación metrológica.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Documentación

a) Descripción de las actividades para las que se solicita la designación. Específicamente, los organismos de evaluación de la conformidad presentarán información sobre el módulo, el instrumento de medida y, si procede, los rangos de medida. Y los organismos de verificación, presentarán documentación sobre el tipo de verificación, el tipo de instrumento de medida y, si procede, los rangos de medida. b) Declaración de que se satisfacen los requisitos de compatibilidad, independencia y transparencia establecidos en el capítulo V del Real Decreto 244/2016. Así como, el compromiso de documentar que las actuaciones que se realicen no incurren en situación de conflicto de interés por razón de cliente o producto. c) Copia del NIF o NIE, de la escritura de constitución de la entidad acreditativa de su personalidad jurídica y su domicilio social, justificante de su inscripción en el Registro Mercantil y, en su caso, Estatutos de la entidad. d) Nombre, apellidos y DNI del representante legal de la entidad solicitante y documentación que acredite su capacidad de obrar en representación de la misma, así como del responsable técnico que se designe ante la Administración. e) Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones, por un importe mínimo de 1 200 000 euros, por siniestro. La suscripción del seguro podrá postergarse al momento de la concesión de la correspondiente autorización, como se establece el Real Decreto 244/2016 en su artículo 61.3. f) Según sea de aplicación al tipo de organismo, modelos de certificados de evaluación de la conformidad, modelos de certificados de verificación, así como precintos y etiquetas que utilizará la entidad si solicita actuar como organismo autorizado de verificación metrológica. g) Certificado de acreditación en los procedimientos de evaluación o verificación para los que se solicita la designación, emitido por la Entidad Nacional de Acreditación. h) Para los supuestos previstos en el artículo 60 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, la administración pública competente que haya apreciado la cualificación técnica extraordinaria incluirá en el expediente de designación copia del informe previo de la Comisión de Metrología Legal del Consejo Superior de Metrología, al que se hace referencia en el punto 3 del mencionado artículo 60. i) Declaración por la que se autoriza a la Entidad Nacional de Acreditación, a entregar a la administración pública competente y a requerimiento de esta, copia de la documentación que presentó en el proceso de acreditación.

Las entidades que pretendan ser designadas no tendrán que facilitar la documentación arriba relacionada que ya obre en poder de la administración pública competente. A estos efectos, presentará una declaración responsable que recoja cuándo y ante qué órgano de la administración presentó la documentación, así como que no han variado las circunstancias existentes en el momento de la presentación.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Inspección y Seguridad
Norma atributiva

Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (B.O.C. nº 105 de 31/05/2007).

Órgano que resuelve
Director/a General de Industria, Energía y Minas
Norma atributiva

Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (B.O.C. nº 199 de 03/10/1996).

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de alzada
Órgano
Consejero/a de Innovación, Industria, Transporte y Comercio
Plazo
1 mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Resolución de 2 de noviembre de 2017, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la Directriz 1/2017, de 31 de octubre, para la designación y control de organismos notificados, de control y autorizados de verificación metrológica.

Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología

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