Declaración responsable para el ejercicio de la actividad de entidades de control de calidad de la edificación y laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación.

Sede Electrónica

Declaración responsable para el ejercicio de la actividad de entidades de control de calidad de la edificación y laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación.

Comunicación a la Administración, bajo el régimen de declaración responsable, del inicio de la actividad, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, de una entidad de control de calidad de la edificación o un laboratorio de ensayo para el control de calidad de la edificación.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Vivienda y Arquitectura (DIR3: A06029686)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Vivienda y Urbanismo
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Reunir las condiciones generales y técnicas exigidas para efectuar el control de calidad de la edificación en las áreas que se solicite.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

En cualquier momento.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, c/ Alta nº 5, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administracion de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

Declaración responsable laboratorio OBR-X-001

No obligatorio

Declaración responsable laboratorio OBR-X-001

Declaración responsable entidad OBR-X-001

No obligatorio

Declaración responsable entidad OBR-X-001

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Arquitectura, Promoción de Suelo y Calidad de la Edificación
Norma atributiva

Artículo 12.3 del Decreto 31/2009, de 16 de abril, de Estructura Orgánica de la Consejería.

Órgano que resuelve
Los procedimientos en régimen de declaración responsable no exigen resolución administrativa. No obstante, el órgano competente para recibir la declaración responsable y efectuar el control del cumplimiento de la misma es el Director
Norma atributiva

Artículo 11 del Decreto 31/2009, de 16 de abril, de Estructura Orgánica de la Consejería.

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (BOE de 6 de noviembre de 1999). R.D. 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de la edificación, para el ejercicio de su actividad. Decreto 19/1990, de 10 de abril, de la acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación, en cuanto no se oponga al Real DECRETO 410/2010, de 31 de marzo.
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