Cursos de Formación para la Incorporación de jóvenes a la Actividad Agraria.
Trámites relacionados con las solicitudes y desarrollo de los Cursos de Formación para la Incorporación de jóvenes a la Actividad Agraria organizados por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de su Centro de Investigacion y Formación Agrarias (CIFA).
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración
- Educación y formación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Pueden solicitar la participación en los cursos, todas aquellas personas mayores de edad, que deseen alcanzar la capacitación agraria exigida en el Reglamento UE 1305/2013 del Consejo para ser perceptores de ayudas a la instalación de jóvenes agricultores del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) incluidas en los Programas de Desarrollo Rural de Cantabria 2014-2020, o bien para alcanzar la consideración de Explotación Agraria Prioritaria prevista en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
El objetivo de estos cursos es formar a profesionales que quieren desarrollar su actividad en el sector agrario, capacitándoles para su incorporación en explotaciones familiares u otras, en las mejores condiciones técnico - empresariales.
Las solicitudes se ordenarán de acuerdo a los siguientes criterios objetivos:
1) Ser residente en Cantabria.
2) No haber conseguido plaza en el curso inmediatamente anterior de la especialidad correspondiente.
3) Tener resolución aprobatoria de ayudas a la instalación de jóvenes agricultores en la fecha de cierre del plazo de matrícula.
4) Tener solicitada ayuda a la instalación de jóvenes agricultores o ayuda en el Programa LEADER, en la fecha de cierre del plazo de matrícula.
5) Ser titular de explotación agraria sin la calificación de prioritaria.
6) Ser menor de 40 años o cumplirlos en el año en curso.
7) Residir en alguno de los municipios que dependen de la Oficina Comarcal en la que se desarrolla el curso, para lo que se deberá presentar, en el momento de la solicitud, el certificado de empadronamiento.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Las solicitudes de participación en los cursos convocados se podrán registrar, hasta 15 días hábiles antes del comienzo de cada uno de los cursos.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En las Oficinas Comarcales Agrarias o en el Registro General de la Administración del Gobierno de Cantabria, así como, en los demás lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre,de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
SOLICITUD: Fotocopia del DNI y Certificado de empadronamiento.
CONVALIDACIÓN: Fotocopia del DNI; Título y/o certificación de los cursos realizados, con indicación del temario y nº de horas lectivas; y en el caso de cursos no impartidos por una Administración Pública, acreditación de la entidad.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Direccion General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Convocatorias anuales de los Cursos de Formacion para la Incorporación de Jóvenes a la Actividad Agraria.
- Órgano que resuelve
- Sección de Investigación y Formación Agrarias.
- Norma atributiva
Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- De alzada.
- Órgano
- Direción General de Desarrollo Rural.
- Plazo
- Según normativa aplicable.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Convocatoria de cursos de incorporación a la actividad agraria, año 2022.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.