Inclusión en el censo de equipos fijos de aplicación de productos fitosanitarios.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Equipos instalados en el interior de invernaderos y otros locales cerrados que se empleen para la aplicación de productos fitosaniarios.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
3 meses.
- Fecha inicio plazo presentación
- 22/07/2016
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, en el de las Oficinas Comarcales o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Igualmente, las solicitudes podrán presentarse de forma telemática en el Registro Electrónico Común del Gobierno de Cantabria: https://rec.cantabria.es
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servico de Agricultura y Diversificación Rural
- Norma atributiva
Orden MED/39/2016, de 22 de junio, por la que se regula la ejecución y el control de las inspecciones periódicas de los Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Desarrollo Rural
- Norma atributiva
Orden MED/39/2016, de 22 de junio, por la que se regula la ejecución y el control de las inspecciones periódicas de los Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- -
- Plazo medio de resolución
- -
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- No tiene
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de Inspecciones periódicas de los equipos de Aplicación de Productos fitosanitarios. Orden MED/39/2016, de 22 de junio, por la que se regula la ejecución y el control de las inspecciones periódicas de los Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.