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Convocatoria a los centros concertados que imparten educación infantil y educación primaria a participar en la implantación de programas de educación bilingüe inglés-español en el curso 2013-2014.

Convocar a los centros concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que imparten el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, a participar, en el curso 2013-2014, en la implantación de hasta 5 programas de educación bilingüe (en adelante PEB) de inglés-español, dirigidos al alumnado que cursa estas enseñanzas.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Órgano directivo
Direc. General de Calidad y Equidad Educativa y Ordenacion Academica (DIR3: A06027484)
Clasificación
Otros
Materia(s)
Educación y formación
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán participar en la convocatoria centros concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que impartan el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria y que cumplan las siguientes condiciones:

a) disponer de profesorado con la adecuada competencia comunicativa en la lengua inglesa para asumir la docencia de las áreas en dicha lengua, de acuerdo a las titulaciones recogidas en la Orden ECD/12/2012, de 21 de febrero (BOC del 29), que regula la acreditación de la competencia comunicativa en los idiomas alemán, francés e inglés del profesorado de los cuerpos de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de profesores técnicos de Formación Profesional y del cuerpo de maestros.

b) Compromiso del claustro de profesores para desarrollar de manera continua el PEB y aprobación, por parte del consejo escolar, de la solicitud de participación en la convocatoria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el BOC.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (calle Vargas 53, 7ª planta), 39010, Santander ), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105, apartado 4, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

a) Proyecto del PEB para el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, en el que deberán incluirse, al menos, los siguientes aspectos:

1. Datos de identificación del centro.

2. Justificación de la solicitud de implantación del PEB.

3. Objetivos que se pretenden conseguir con la puesta en marcha del programa.

4. Áreas que se impartirán parcial y progresivamente en lengua inglesa a lo largo de toda la etapa y justificación de la elección de las mismas.

5. Relación del profesorado acreditado participante, según anexo IV, especificando el área que va a impartir en el programa y la titulación o documentación que justifique su competencia en lengua inglesa, según lo establecido en la base decimotercera.

6. Datos del coordinador del programa.

7. Actuaciones que pueden favorecer la atención a la diversidad de este alumnado tanto en las áreas o materias que se van a cursar a través del programa, como en relación con su integración con el resto del alumnado en las demás áreas o materias.

8. Previsión de aspectos organizativos y de coordinación, especificando, entre otros, los agrupamientos, la distribución horaria de la lengua extranjera y de las áreas o materias impartidas en la lengua inglesa y la coordinación entre el profesorado. En la organización que se presente, los centros procurarán no aumentar el número de profesores que componen el equipo docente de los grupos que participen en el PEB, sin que en ningún caso la implantación de este programa modifique el concierto educativo aprobado.

b) Además, todos los centros que deseen particiapar en esta convocatoria deberán presentar:

1. Certificado de la sesión del consejo escolar del centro en que conste la aprobación de la solicitud de participación en esta convocatoria.

2. Certificado de la sesión del claustro de profesores del centro en que conste el compromiso del programa.

3. Declaración responsable que deberá presentar cada profesor para justificar la adecuada competencia comunicativa en la lengua inglesa, en la que se indique el título que avala dicha competencia y el año en el que se expidió (anexo IV).

4. Compromiso de los profesores participantes (anexo II).

c) Documentación adicional que a presentar para poder ser objeto de valoración de acuerdo a lo establecido en la base cuarta:

1. Documento, firmado por el director del centro, en el que se especifiquen las actividades realizadas para la promoción del ambiente plurilingüe e intercultural en el centro, y la participación de la comunidad educativa en actividades, planes y proyectos relacionados con la mejora de las lenguas extranjeras o el fortalecimiento de las mismas en los últimos dos años, según anexo III.

2. Declaración responsable firmado por el director en el que se indique que el centro tiene autorizado un proyecto de innovación para la mejora de la enseñanza del inglés en el curso 12-13 (anexo V).

3. Declaración responsable firmada por el director del centro en el que se indique las unidades concertadas con las que el centro docente cuente para la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y el alumnado con necesidades de compensación de desigualdades en educación.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Innovación y Centros Educativos.
Norma atributiva

Artículo 59 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte
Norma atributiva

Artículo 33 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de alzada
Órgano
Consejo de Gobierno.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es

Normativa

Normativa aplicada

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Orden ECD/12/2012, de 21 de febrero (BOC del 29), que regula la acreditación de la competencia comunicativa en los idiomas alemán, francés e inglés del profesorado de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional y del cuerpo de maestros.

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