Contratos de prestación de actividades docentes realizados por personas físicas.

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Contratos de prestación de actividades docentes realizados por personas físicas.

Contratación de actividades docentes realizadas por personas físicas, en aplicación del artículo 310 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.



Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Instituto Cantabro De Administracion Publica -Icap- Rafael De La Sierra (DIR3: A06004050)
Clasificación
Contratación pública
Materia(s)
Educación y formación
Forma de inicio
De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español.
Permite apoderados
No
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

  • Ser persona física que no se dedique profesionalmente a la impartición de actividades docentes, sino de modo personal y con carácter ocasional.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

No existe.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Declaración Jurada.

Declaración jurada del interesado de que no se dedica profesionalmente a la impartición de actividades docentes, sino de modo personal y con carácter ocasional.

Obligatorio

3.1 ANEXO II DECLARACIÓN PERSONA FÍSICA

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra" - ICAP.
Norma atributiva

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
- Dirección del Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra".
Norma atributiva

Ley 7/2022, de 3 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Administración Pública "Rafael de la Sierra".

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición o contencioso administrativo.

Órgano

ICAP o Tribunal Superior de Justicia.

Plazo
Postestativo de reposición: 1 mes. Contencioso administrativo: 2 meses.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
  • Ley 7/2022, de 3 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Administración Pública.
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