Conformidad a los programas de desplazamiento temporal de menores extranjeros, propuestos por entidades sin ánimo de lucro.

Sede Electrónica

Conformidad a los programas de desplazamiento temporal de menores extranjeros, propuestos por entidades sin ánimo de lucro.

Emisión del informe integrado en el procedimiento de concesión de autorización para el desplazamiento temporal de menores extranjeros de los artículos 187 y 188 del Real Decreto 557/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Órgano directivo
Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
Clasificación
Convenios de Colaboración y comunicaciones administrativas
Materia(s)
Servicios Sociales e Igualdad
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Entidades que prestan servicios dirigidos a la atención de necesidades sociales en el ámbito de la infancia y adolescencia e inscritos en el registro regional de entidades y centros de servicio regionales. Delegación en la Comunidad Autónoma y Sede Social en territorio español. Tener representación en el país para el que se solicita la conformidad.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Antes del 30 de Abril para programas de verano Antes del 15 de Octubre para programas de Navidad.

Fecha inicio plazo presentación
27/02/2007
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma, a través de la oficina única de extranjeros.
Norma atributiva

Artículos 187 y 188 del Real Decreto 557/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La emisión del informe compete al Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales según el artículo 81 del Decreto 58/2002.

Órgano que resuelve
Delegado/a del Gobierno en Cantabria.
Norma atributiva

Artículo 93 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgnánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y su integración social (BOE nº 6, de 7 de enero de 2005).

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso Potestativo de Reposición o recurso contencioso administrativo

Órgano

El recurso potestativo de reposición será resuelto por el Delegado/a del Gobierno en Cantabria y el recurso contencioso administrativo lo resuelve la jurisdicción contencioso administrativa.

Plazo
El plazo para la interposición del recurso potestativo de reposición es de 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es. Para interponer el recurso contencioso administrativo el plazo es de 2 meses si la resolución es expresa o de 6 meses si no lo es

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de extranjería, Ley orgánica 4/2000 de 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Real Decreto 557/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
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