Emisión del informe integrado en el procedimiento de concesión de autorización para el desplazamiento temporal de menores extranjeros de los artículos 187 y 188 del Real Decreto 557/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Convenios de Colaboración y comunicaciones administrativas
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Entidades que prestan servicios dirigidos a la atención de necesidades sociales en el ámbito de la infancia y adolescencia e inscritos en el registro regional de entidades y centros de servicio regionales. Delegación en la Comunidad Autónoma y Sede Social en territorio español. Tener representación en el país para el que se solicita la conformidad.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Antes del 30 de Abril para programas de verano Antes del 15 de Octubre para programas de Navidad.
- Fecha inicio plazo presentación
- 27/02/2007
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma, a través de la oficina única de extranjeros.
- Norma atributiva
Artículos 187 y 188 del Real Decreto 557/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La emisión del informe compete al Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales según el artículo 81 del Decreto 58/2002.
- Órgano que resuelve
- Delegado/a del Gobierno en Cantabria.
- Norma atributiva
Artículo 93 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgnánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y su integración social (BOE nº 6, de 7 de enero de 2005).
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso Potestativo de Reposición o recurso contencioso administrativo
- Órgano
El recurso potestativo de reposición será resuelto por el Delegado/a del Gobierno en Cantabria y el recurso contencioso administrativo lo resuelve la jurisdicción contencioso administrativa.
- Plazo
- El plazo para la interposición del recurso potestativo de reposición es de 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es. Para interponer el recurso contencioso administrativo el plazo es de 2 meses si la resolución es expresa o de 6 meses si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de extranjería, Ley orgánica 4/2000 de 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Real Decreto 557/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.