Conflictos colectivos: huelgas y cierres patronales

Sede Electrónica

Conflictos colectivos: huelgas y cierres patronales

Tener conocimiento de todos los conflictos colectivos, huelgas y cierres patronales, que se vayan a producir en Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direc. General De Trabajo, Economia Social Y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Empresas
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Huelga: En el escrito de comunicación tiene que figurar lo siguiente: nombre, apellidos, NIF y representación del firmante de la comunicación de la huelga.
Cierre patonal: Escrito dirigido a la Autoridad laboral, con nombre, razon social, CIF/NIF de la emrpesa afectada

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Huelga: La comunicación (el preaviso) tiene que realizarse cinco días antes a la fecha de inicio de la huelga. El plazo de preaviso es de 10 días cuando la huelga afecta a servicios esenciales.
Cierre patronal: 12 horas antes de producirse el cierre.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo
Norma atributiva

Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos.

Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Decreto 209/2019, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, de Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
  • Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo
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