Aprobar las bases reguladoras del concurso "Objetivo Europa", a conceder en régimen de concurrencia competitiva.
El fin de este concurso consiste en promover una mejor comprensión de la Europa comunitaria, a través del impacto real que sus políticas tienen en Cantabria y en su ciudadanía.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica Y Fondos Europeos
- Órgano directivo
- Direc. General De Fondos Europeos (DIR3: A06027847)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Educación y formación
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Centros educativos que impartan Bachillerato, Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Los trabajos deberán ser realizados en grupo, con un mínimo de ocho componentes y un máximo de 15.
Cada grupo será supervisado por un profesor responsable, que motivará a los alumnos y los guiará en el proceso de desarrollo del proyecto, asegurará que la realización del mismo
cumpla las bases de la presente Orden y velará por que los trabajos tengan el máximo respeto a los derechos de autor y a las normas de propiedad intelectual, incluyendo materiales y documentos consultados en Internet.
Cada grupo podrá presentar un único trabajo, no habiendo límite para el número de grupos
que se puedan formar en cada centro educativo. Solo se permite una participación por alumno.
Un mismo profesor podrá dirigir varios grupos de alumnos del centro o centros donde imparte docencia.
En ningún caso podrán ser premiados al amparo de esta Orden quienes se hallaren en
alguna de las circunstancias previstas en el Art. 12, apartados 2 y 3, de la ley de Cantabria
10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, en la calle Hernán Cortés nº 9 primera planta (Santander), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 134 y 135 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Documentación requerida
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BASES REGULADORAS OBJETIVO EUROPA
No obligatorio
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SOLICITUD OBJETIVO EUROPA
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Economía y Asuntos Europeos.
- Norma atributiva
Decreto 41/2018, de 10 de mayo, establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, estableciendo las competencias de la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, correspondiéndole, entre otras, específicamente las competencias de los asuntos relacionados con Europa, así como la información a los ciudadanos.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
- Plazo máximo de resolución
- 2 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
La Resolución agotará la vía administrativa, siendo susceptible de recurso potestativo de reposición desde el día siguiente a la notificación de la Resolución, artículo 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o ser directamente impugnada ante el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su noti
- Órgano
CONSEJERO
- Plazo
- Recurso potestativo de reposición desde el día siguiente a la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o ser directamente impugnada ante el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden HAC/17/2016 de 3 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del concurso Objetivo Europa.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
