Concesión de transporte público de viajeros por carretera.

Sede Electrónica

Concesión de transporte público de viajeros por carretera.

Adjudicación de una concesión de servicio público de transporte de viajeros por carretera.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Transportes Y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Obras Públicas, tráfico y transportes
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

El solicitante debe:

  • Tener nacionalidad española, o de un país comunitario o bien con tratados o convenios que lo permitan.
  • Acreditar las necesarias condiciones de capacitación profesional, honorabilidad y capacidad económica.
  • Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laborales y sociales exigidas por la legislación vigente.
  • Aquellas otras que se determinen reglamentariamente o para cada concurso.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El que se establezca en el concurso.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Transportes.
Norma atributiva

Decreto 16/2006, de 23 de febrero, de modificación de la estructura ogánica y relacion de puestos de trabajo de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones (BOC 6 de marzo de 2006).

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Director/a General de Transportes y Comunicaciones.
Norma atributiva

Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Ley de Cantabria 1/2014, de 17 de noviembre, de Transportes de Viajeros por Carretera.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de alzada.

Órgano

Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio).
  • Ley 1/2014, de 17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por Carretera.
  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el ROTT (BOE de 8 de octubre), modificado por Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre (BOE de 15 de noviembre).
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