Concesión de Premios extraordinarios de Música, Artes Plásticas y Diseño

Sede Electrónica

Concesión de Premios extraordinarios de Música, Artes Plásticas y Diseño

La Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales al rendimiento académico de Educación Secundaria Obligatoria y de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño, determina, en su artículo 9, que podrá optar a los Premios Nacionales de Enseñanzas Artísticas Profesionales el beneficiario que haya obtenido previamente Premio Extraordinario de Enseñanzas Artísticas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma en la que haya finalizado dichas enseñanzas.
El presente procedimiento regula la concesión de dichos premios en régimen de concurrencia competitiva para la Comunidad autónoma de Cantabria

Datos generales

Consejería
Consejeria De Educacion, Formacion Profesional Y Universidades
Órgano directivo
Direc. General De Calidad Y Equidad Educativa Y Ordenacion Academica (DIR3: A06027484)
Clasificación
Bases de Premios
Materia(s)
Educación y formación
Becas, ayudas y premios
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Alumnos que hayan finalizado sus estudios en las enseñanzas profesionales de Música, Artes Plasticas y Diseño, correspondientes al curso de la convocatoria y tengan una calificacióno igual o superior a 8,75 puntos en los dos últimos cursos de los mismos

Plazos y presentación

Plazo de presentación

15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo (C/ Vargas 53, 7ª planta) o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

Solicitud 1920

No obligatorio

Solicitud 1920

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Innovación e Inspección Educativa de la Cosejería de Educación, Formación Profesional y Turismo del Gobierno de Cantabria
Norma atributiva

Artículo 5 Orden ECD/72/2018, de 21 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía en la Comunidad Autónoma de Cantabria

Órgano que resuelve
Titular de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo del Gobierno de Cantabria
Norma atributiva

Artículo 9.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, ya que la cuantía individual y unitariamente considerada de las subvenciones no excede de 60.000 euro

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Potestativo de Reposicón

Órgano

Titular de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo del Gobierno de Cantabria

Plazo
1 mes

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden ECD/72/2018, de 21 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza Artes Plásticas y Diseño
  • Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

    Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

    Lo entiendo