Concertación de plazas en centros de servicios sociales destinados a menores.
Concertar plazas dedicadas a la atención de menores remitidos por el Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Prestaciones
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Los establecidos en el artículo 57 apartados 1 y 2 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
- Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- DNI del Director/Gerente.
- NIF de la entidad.
- Poderes notariales.
- Impuesto de Actividades Económicas o certificado de exención.
- Declaración expresa de no haber sido inhabilitado para concertar, no haber dado lugar a la resolución de un concierto de idéntica naturaleza por causa imputable al solicitante y no haber sido sancionado en los cinco últimos años por infracción grave o muy grave en la normativa laboral, ni condenados en el mismo periodo por sentencia firme por delitos contra los trabajadores.
- Memoria explicativa comprensiva de la descripción de las dependencias del centro, tipología, nº total de plazas a concertar, dotación de materiales y equipamiento.
- Ficha de terceros, en su caso.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Instituto Cántabro de Servicios Sociales, Servicio de Coordinación Económica y Administrativa.
- Norma atributiva
Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales; Ley 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Órgano que resuelve
- Director del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Norma atributiva
Artículo 62 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales. Artículo 3.1.b) del Estatuto del ICASS aprobado como anexo a la Ley 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada.
- Órgano
- Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales. Decreto 88/1998, de 9 de noviembre, de Acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas en estructuras asistenciales y órdenes de 1 de junio de 2000.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.