Sede Electrónica

Comunicaciones en el ámbito del sector eléctrico, a realizar por empresas de transporte y distribución de energía eléctrica.

Comunicaciones de obligado cumplimiento, a realizar por las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica, a la administración competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma:

- Informe anual de calidad de suministro eléctrico y atención al consumidor.

- Plan anual de mantenimiento de la red.

- Plan de verificaciones reglamentarias de la red.

- Informes relativos a accidentes o anomalías, imputables a una línea de AT, que ocasione víctimas, daños a terceros o situaciones objetivas de riesgo potencial.

- Informes sobre daños a especies protegidas (Ley 42/2007).

- Planes de inversión de la RdT.

- Etc.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direc. General de Industria, Energia y Minas (DIR3: A06027837)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Empresas
Energía e industria
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Ser una empresa de transporte o distribución de energía eléctrica.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

N/A.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Energía de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Norma atributiva

Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo).

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (B.O.E. nº 310 de 27-12-2013).

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (B.O.E. nº 310 de 27-12-2000).

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