Comunicación y Registro autonómico de empresas y establecimientos alimentarios de comercio al por menor.
Registrar las empresas y establecimientos de comercio al por menor de alimentos de Cantabria y mantener actualizados los datos en el Registro de la Consejería de Sanidad.
Se definen como "establecimientos de comercio al por menor de alimentos", aquellos que exclusivamente manipulen, transformen, envasen, almacenen o sirvan alimentos para su venta o entrega in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio o a sus colectividades; estos también pueden suministrar a otros establecimientos de estas mismas características, siempre que dicho suministro constituya una actividad localizada y marginal, en términos tanto económicos como de producción, respecto a la realizada por el establecimiento.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Salud
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Comunicación obligatoria para todos los operadores económicos de establecimientos de comercio al por menor de alimentos, ubicados en Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- - Comunicación previa: con carácter previo al inicio de la actividad. - Comunicación de variación de datos y cese de actividades: cuando se produzca el hecho objeto de comunicación.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
1. Para comunicar y registrar el establecimiento:Impreso cumplimentado en duplicado, o la siguiente información:- Titular de la actividad: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF; domicilio del establecimiento y domicilio social. En el supuesto de razón social, identificación de su representante: nombre y apellidos, NIF o NIE y cargo de representación.- Descripción de la/s actividad/es alimentaria/s.- Nombre comercial del establecimiento.- Teléfono, fax y correo electrónico, en su caso.2. Para comunicar la variación de datos registrados:Impreso cumplimentado en duplicado, o la siguiente información:- Titular de la actividad: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF; domicilio del establecimiento y domicilio social.- Nombre comercial del establecimiento.- Cambio del titular: identificación del anterior y actual titular (nombre o razón social; NIF; NIE o CIF).- Descripción de otra variación de datos, indicando la anterior y la actual.3. Para comunicar el cesde de actividades alimentarias en el establecimiento:Impreso cumplimentado en duplicado, o la siguiente información:- Responsable de la actividad: nombre o razón social; NIF, NIE o CIF; domicilio del establecimiento y domicilio social.- Nombre comercial del establecimiento.- Declaración de cese definitivo de actividad alimentaria y fecha de cese.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Salud Pública. Servicio de Seguridad Alimentaria.
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, Decreto 60/2007, de 24 de mayo, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y de la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud y la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a de Salud Pública
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, el Decreto 60/2007, de 24 de mayo, de modificación parcial de las estructuras orgánicas y de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia del Servicio Cántabro de Salud y la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Consejero/a de Sanidad
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa. Si la resolución no fuera expresa, se podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente al que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
- Ley 17/2011, de 5 de julio, se seguridad alimentaria y nutrición (B.O.E. nº 160, de 6/07/2011). -Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre de 2000, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. (B.O.E. 12/01/2001). - Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre de 2003, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor. (B.O.E. 14/11/2003). - Reglamento CE nº 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios (D.O.U.E. 25/06/2004) y modificaciones posteriores. - Reglamento (CE) nº 882/2004, de 29 de abril, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales. - Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (B.O.E. nº 57 del 8/03/2011). - Orden SAN/11/2012, de 15 de marzo, por la que se establece el procedimiento para el registro de las empresas y establecimientos alimentarios en Cantabria. (B.O.C. nº 61, del 27/03/2012).
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.