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Comunicación previa de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.

Comunicar previamente al inicio de sus actividades que se va a llevar a cabo la utilización de materiales naturales excavados en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron ante el órgano ambiental competente de la comunidad autónoma donde esté ubicado el emplazamiento en el que se llevará a cabo la operación de valorización.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Medio Ambiente y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Medio ambiente
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Ser una persona física o jurídica que vaya a llevar a cabo la utilización de materiales naturales excavados en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

- Comunicación previa de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.

- Documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la comunicación, en su caso.

- Copia de la autorización, permiso o licencia de obra en la que se llevará a cabo la valorización de los materiales naturales excavados en virtud de la legislación aplicable, o en su caso copia del documento mediante el que se acredite la adjudicación de la obra.

- Copia de la declaración responsable del productor o poseedor inicial que asegure que los materiales naturales excavados cumplen lo establecido en el artículo 2, apartados 1 y 2, de la Orden APM/100/2017, de 10 de octubre.

- En el caso de preveerse almacenamientos temporales en la obra u operación de relleno de destino, declaración responsable donde se asegure que el almacenamiento de estos materiales no superará los dos años de duración.

Impresos
1 Comunicación Valoriz Materiales Naturales_CVT
2 declaracion responsable entidad_almacenamientos temporales
3 declaracion responsable productor o poseedor inical
1.1 Instrucciones para rellenar la Comunicación previa

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).

- Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo en la Consejería de Medio Ambiente.

- Decreto 6/2023, de 7 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Órgano que resuelve
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático (No se emite resolución, salvo en los casos previstos en el artículo 69.4 de la Ley 39
Norma atributiva

- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).

- Decreto 6/2023, de 7 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de alzada.
Órgano
Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada

Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron (BOE núm. 254, de 21 de octubre de 2017).

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

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