Comunicación de negociante de residuos.

Sede Electrónica

Comunicación de negociante de residuos.

Comunicar previamente al inicio de sus actividades, las entidades o empresas que pretendan ejercer como negociante en la gestión de residuos, dicha circunstancia ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede social.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Ser persona física o jurídica con sede social en la Comunidad Autónoma de Cantabria que actúe por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, incluidos los negociantes que no tomen posesión física de los residuos.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
29/03/2012
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Comunicación previa de negociante.

Comunicación previa de negociante.

PDF.

Obligatorio

Comunicación previa de negociante

Instrucciones para cumplimentar la Comunicación previa de negociante.

Instrucciones para cumplimentar la Comunicación previa de negociante.

No obligatorio

Instrucciones para cumplimenta la Comunicación previa de negociante

Obligaciones de Negociantes de Residuos.

Obligaciones de Negociantes de Residuos.

No obligatorio

Obligaciones de Negociantes de Residuos

Declaración Responsable Cálculo Importe Fianza.

Declaración Responsable Cálculo Importe Fianza.

PDF.

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Cuando se ejerza la actividad de negociante de residuos peligrosos

Declaración Responsable Calculo Importe Fianza

Instrucciones sobre la constitución y acreditación de la fianza.

Instrucciones sobre la constitución y acreditación de la fianza.

No obligatorio

Instrucciones constitución de fianza

Certificado de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

Certificado de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

PDF.

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Cuando se realice la actividad de negociante de residuos peligrosos.

Certificado de seguro de responsabilidad civil

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático (no se emite resolución, salvo en los casos previstos en el artículo 69.4 de la Ley 39
Norma atributiva

Artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de alzada.

Órgano

Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
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