Comunicación de modificaciones no sustanciales de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Este procedimiento se utiliza para la comunicación de las modificaciones relativas a la denominación del centro, servicio o establecimiento sanitario, la sustitución de profesionales sanitarios por otros de la misma titulación o habilitación profesional y la sustitución del director técnico responsable de la actividad sanitaria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Planific, Ordenac., Gest. del Conocimiento y Salud Digital (DIR3: A06027620)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Salud
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Disponer de un centro, servicio o establecimiento sanitario con autorización de funcionamiento en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Un mes desde la fecha en que tuvo lugar la modificación.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En el registro de la Secretaría General de la Consejería de Salud (C/ Federico Vial, 13. 39009 de Santander) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
Impreso de comunicación cumplimentado.
Si se sustituyen profesionales sanitarios, se acompañará la titulación de los nuevos profesionales sanitarios.
En el supuesto de sustitución del director técnico responsable de la actividad sanitaria, la comunicación debe acompañarse del nombramiento del nuevo director técnico.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Ordenación Sanitaria.
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de Modifcicación parcial de la Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
- Órgano que resuelve
- No hay resolución.
- Norma atributiva
Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- -
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- -
- Órgano
- -
- Plazo
- -
Normativa
- Normativa aplicada
-
Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
-
Orden SAN/48/2018, de 4 de junio, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios de los centros proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento y de los servicios sanitarios integrados enorganizaciones no sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.