Sede Electrónica

Comunicación de modificaciones en la autorización de apertura y funcionamiento de casinos de juego.

Comunicar cualquiera de las modificaciones que se señalan a continuación:

a) Cambios en los órganos de administración y órganos directivos.

b) Modificaciones o reformas a efectuar en el edificio del casino que no conlleven cambios en su estructura, configuración o que afecten a medidas de seguridad.

c) Suspensión del funcionamiento del casino de juego por un periodo inferior a siete días.

d) Los cambios de máquinas recreativas o de azar.

e) Periodos de funcionamiento de la escuela de croupiers.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Efectuar la comunicación de la modificación con carácter previo a la misma.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, 39, 1º, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

No cumplimentado

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Juego y Espectáculos.
Norma atributiva

Decreto 58/1996, de 28 de junio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de casinos, juegos y apuestas.

Órgano que resuelve
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia.
Norma atributiva

Decreto 58/1996, de 28 de junio por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego.Decreto 127/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego de Cantabria.Decreto 67/2014, de 6 de noviembre, que modifica el Reglamento de Casinos de Juego.

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