Comunicación de modificaciones en el Registro de Transportes.

Sede Electrónica

Comunicación de modificaciones en el Registro de Transportes.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Transportes Y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Obras Públicas, tráfico y transportes
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Requisitos

Comunicar modificación de los datos que obran en el Registro General de Transportes.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

2 meses desde que se haya efectuado la modificación.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Documentación requerida

Solicitud.

Solicitud realizada a través de la Sede Electrónica del Ministerio competente en materia de transporte.

Obligatorio

Identificación del solicitante.

Documentación que acredite la identidad de la persona física o jurídica; en este último caso, identificación de su representante.

No obligatorio

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Unidad de Explotación, Conservación e Intermodalidad de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
Norma atributiva

- Decreto 11/2019, de 21 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

- Decreto 54/2023, de 20 de julio, por el que se modifca parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
  • Artículo 49 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordentación de los Transportes Terrestres, modificado por Real Decreto 1255/2006, de 27 de octubre.
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