Los comerciantes deberán comunicar a la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, con una antelación mínima de quince días, las fechas durante las que vayan a realizar ventas en liquidación.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General De Comercio Y Consumo (DIR3: A06029673)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Consumo
- Energía e industria
- Empresas
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Tener establecimiento comercial y realizar en el mismo promociones de ventas consistentes en liquidaciones cuando comprendan, al menos, la mitad de los artículos puestos a la venta.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
15 días de antelación a la práctica de la venta en liquidación.
- Fecha inicio plazo presentación
- 15/07/2010
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, Servicio de Comercio. sito en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, calle Albert Einstein nº 4, 3ª planta, 39011, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
Comunicación
No obligatorio
|
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Comercio
- Norma atributiva
Artículo 21.1 de la Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria. Artículo 8 del Decreto 134/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda.
- Plazo máximo de resolución
- -
- Plazo medio de resolución
- -
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada
- Órgano
Consejo de Gobierno.
- Plazo
- Un mes si el acto es expreso o en cualquier momento si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, artículo 21.
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.