Comunicación de la no aceptación en la subrogación en la autorización de instalación de máquinas recreativas de tipo "B" en los cambios de titularidad en los establecimientos de hostelería.

Sede Electrónica

Comunicación de la no aceptación en la subrogación en la autorización de instalación de máquinas recreativas de tipo "B" en los cambios de titularidad en los establecimientos de hostelería.

Recoger la voluntad del nuevo titular de un establecimiento de hostelería de subrogarse o no en la autorización de instalación de la máquina recreativa que figura en el establecimiento.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Seguridad Y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Turismo, ocio y tiempo libre
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, regulado por la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Tres meses desde el comienzo de la fecha de actividad declarada en el Censo de Empresarios; Profesionales y Retenedores.

Fecha inicio plazo presentación
30/01/2015
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa nº 29, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Gobierno y de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

solicitud

No obligatorio

solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Juego y Espectáculos
Norma atributiva

Decreto 58/1996, de 28 de junio por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casino, Juegos y Apuestas.

Órgano que resuelve
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia.
Norma atributiva

Decreto 58/1996, de 28 de junio por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Alzada

Órgano

Consejero de Presidencia y Justicia

Plazo
Un mes

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de juego de Cantabria. Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 23/2008, de 6 de marzo, modificado por el Decreto 67/2014, de 6 de noviembre.
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