Los Ayuntamientos y demás organismos públicos de ámbito local deben notificar a la Administración autonómica cualquier amenaza o daño que sufran los bienes culturales comprendidos en su área territorial de actuación, con la mayor rapidez posible. Así mismo, las personas que observen peligro de destrucción o deterioro de un bien del Patrimonio Cultural de Cantabria deben ponerlo en conocimiento de la Administración autonómica en el menor tiempo posible.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General De Cultura Y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
- Clasificación
- Inspectora
- Materia(s)
- Cultura
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Menor tiempo posible desde que se tenga conocimiento del daño o amenaza sobre el bien cultural.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/01/2011
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, situada en la calle Lealtad, nº 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
Comunicación de amenazas y daños a bienes culturales. Formulario para comunicar amenazas y daños a bienes culturales.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Patrimonio Cultural.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998).
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Plazo máximo de resolución
- -
- Plazo medio de resolución
- -
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- No tiene
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 12 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).
-
- Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.