Comunicación al protectorado de la fusión de fundaciones acordada por el Patronato.
Comunicación al protectorado de la fusión de fundaciones acordada por el Patronato.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
- Solicitud.
- Certificado del acuerdo aprobatorio de la fusión de cada uno de los patronatos.
- Informe justificativo de la fusión aprobado por los patronatos.
- Último balance anual de cada una de las fundaciones, o balance específico de fusión.
-Estatutos de la nueva fundación e identificación de la miembros del primer patronato.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Protectorado de Fundaciones
- Norma atributiva
Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria
- Órgano que resuelve
- Secretaría General de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
- Norma atributiva
Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
- Plazo
- Un mes desde el día siguiente a la notificación
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.