Concesión directa de subvenciones por SODERCAN, SA, destinadas al apoyo, mantenimiento y reactivación del sector del taxi afectado por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (Decreto 86/2020, de 19 de noviembre).
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio (DIR3: A06035854)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Empresas
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán ser benefi ciarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de licencias municipales para el ejercicio de la actividad de taxi en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y cumplan estos requisitos previstos en el artículo 5 del Decreto:
a) Ser titular en Cantabria de una o varias licencias municipales para el ejercicio de la actividad de taxi y estar desarrollando esta actividad a la fecha de publicación de este Decreto.
b) Encontrarse dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social en epígrafe
que permita la actividad de taxi.
c) Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
2. No podrán obtener la condición de personas benefi ciarias aquellas que incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12, apartado 2, de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el 24 de noviembre de 2020 incluido.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a plazos
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Excepcionalmente la solicitud podrá presentarse de manera presencial en las ofi cinas de SODERCAN, SA (C/ Isabel Torres, nº 1, 39011, Santander), siempre que, con carácter previo, se concierte una cita para realizar esta presentación
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- SODERCAN, S.A.
- Norma atributiva
ESTATUTOS DE SODERCAN
- Órgano que resuelve
- La resolución del expediente será adoptada por el Director General de SODERCAN, S. A. o persona expresamente facultada para ello mediante el apoderamiento correspondiente.
- Norma atributiva
ESTATUTOS DE SODERCAN
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
RECURSO DE ALZADA
- Órgano
cONSEJERO DE iNNOVACIÓN, iNDUSTRIA, tRANSPORTE Y cOMERCIO
- Plazo
- 1 MES
Normativa
- Normativa aplicada
-
- LEY 10/2006, DE 17 DE JULIO, DE cANTABRIA DE SUBVENCIONES
-
- Decreto 86/2020, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por SODERCAN, SA, destinadas al apoyo, mantenimiento y reactivación del sector del taxi afectado por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
