concesión directa de subvenciones por SODERCAN, S.A. a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19 (cheque autónomos).
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio (DIR3: A06035854)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Empresas
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
a) Ser persona trabajadora por cuenta propia o autónomo residente y con domicilio fi scal
en Cantabria que desarrolle una actividad económica en esta comunidad autónoma con anterioridad al 14 marzo de 2020.
b) Que en el ejercicio fi scal de 2018 la suma de las bases liquidables general y del ahorro
recogidas en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (casillas 500
y 510) sea inferior a 30.000 euros.
Este requisito no se exigirá a aquellos solicitantes que hayan iniciado su actividad con posterioridad al 1 de enero de 2019.
c) Encontrarse de alta en el RETA o incorporada a la mutua de previsión social correspondiente con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y no haber causado baja desde entonces, con
independencia de que hayan tenido o no que suspender su actividad de manera temporal.
d) No haber sido benefi ciaria de la prestación extraordinaria por cese de actividad contemplada en el artículo 17 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de Medidas Urgentes
Extraordinarias para hacer frente al Impacto Económico y Social del COVID-19.
e) No haber sido benefi ciaria de la subvención regulada en la Orden INN/11/2020, de 25
de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a conceder por SODERCAN, S. A. destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el
Covid-19 sobre las microempresas y autónomos de Cantabria (cheques de resistencia).
f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social o la mutua de previsión social correspondiente, según el caso.
2. No podrán obtener la condición de personas benefi ciarias los trabajadores por cuenta
propia o autónomos que incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12,
apartado 2, de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
"1. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes desde el mismo día de la publicación del Decreto en el Boletín Ofi cial de Cantabria" (se publicó el viernes 29.5.20)
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a plazos
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Excepcionalmente de manera presencial en las oficinas de SODERCAN, S.A. (C/ Isabel Torres, nº1, 39011, Santander), siempre que, con carácter previo, se concierte una cita para realizar esta presentación. Será obligatorio para registrar la solicitud traer Formato de solicitud cumplimentado, declaración responsable y el DNI del firmante. (en caso de no presentar la solicitud el beneficiario también deberá aportar la Autorización. Solicitud de Cita Previa: 942 29 00 03
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- La dirección de área correspondient SODERCAN, S. A.
- Norma atributiva
Decreto 38/2020, de 28 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por SODERCAN, S.A. a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (cheque autónomos).
- Órgano que resuelve
- Director General de SODERCAN, S.A.
- Norma atributiva
Decreto 38/2020, de 28 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por SODERCAN, S.A. a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (cheque autónomos).
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
RECURSO DE ALZADA
- Órgano
Consejero de Innovación, Industria, Transporte y Comercio.
- Plazo
- 1 MES computado a partir del día siguiente a la notificación del acto que se impugna
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno,de la Administración y del Sector Público Institucional de laComunidad Autónoma de Cantabria.
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- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Decreto 38/2020, de 28 de mayo, por el que se regula la concesióndirecta de subvenciones por SODERCAN, S.A. a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitariaocasionada por el COVID-19 (cheque autónomos).
-
- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
